Programa de Práctica Supervisada COPCV - Neuropsicología Clínica
A continuación se detallan los requisitos tanto para ser profesional supervisor como profesional supervisado.
La Junta de Gobierno del Col·legi Oficial de Psicologia de la Comunitat Valencia, en su reunión de fecha 29 de enero del 2022, aprueba la puesta en marcha del PROGRAMA DE PRÁCTICA SUPERVISADA COPCV - NEUROPSICOLOGÍA CLÍNICA
La supervisión por psicólogos/as experimentados/as es la mejor forma de adquirir y mejorar competencias profesionales. Los países donde la Neuropsicología Clínica ha alcanzado mayores niveles de desarrollo cuentan con sistemas de acreditación y con programas de formación que incluyen la supervisión por expertos/as que garantizan la calidad de la formación especializada.
La supervisión requiere habilidades y conocimientos diferentes de los utilizados en la práctica clínica. No todos/as los/las profesionales son supervisores/as eficaces. Para ser profesional supervisor/a del PROGRAMA DE PRÁCTICA SUPERVISADA, es preciso contar con una serie de conocimientos y desarrollar determinadas habilidades que garantizan la actividad de supervisión con la máxima calidad.
La decisión de convertirse en un/a profesional supervisor/a es importante. Serlo, ofrece muchas recompensas pero requiere un fuerte compromiso con el aprendizaje del psicólogo/a supervisado/a y una inversión de tiempo y energía.
La supervisión ofrece un nuevo desafío para los/las profesionales experimentados/as, ¿cuáles pueden ser los beneficios de ser profesional supervisor/a?:
- Obtener la satisfacción de ayudar a los/las profesionales noveles en formación a desarrollarse como profesionales.
- Los/las supervisores/as, al examinar su propia práctica profesional y colaborar con los/las psicólogos/as supervisados/as tienen también oportunidades de aprender.
- Los/las supervisores/as tienen la oportunidad de mejorar su propia práctica clínica a través de la reflexión, la colaboración con los demás y el desarrollo profesional continuo.
En España ya disponemos de un sistema de Acreditación Profesional Nacional desarrollado por el Consejo Nacional de la Psicología de España (CNPE), cuyos criterios para obtener la acreditación, pueden ser consultados en el siguiente enlace: http://www.acreditaciones.cop.es
Esta acreditación nacional ha cumplido con la regulación de acceso inicial por las vías extraordinarias, sin embargo, nos faltan sistemas regulados para la supervisión de prácticas de profesionales noveles, que desean ampliar su capacitación o mantener una formación continua especializada, tal y como se establecen en los requisitos indicados para la acreditación por la vía ordinaria y que el presente PROGRAMA DE PRÁCTICA SUPERVISADA trata de dar una respuesta de calidad, eficaz y reglada.
Para facilitar la consecución de este requisito entre otros objetivos, la Junta de Gobierno del COPCV ha aprobado la puesta en marcha del PROGRAMA DE PRÁCTICA SUPERVISADA, siendo su objetivo la puesta en marcha de un sistema regulado de práctica profesional supervisada de calidad, en las diferentes áreas de la psicología incluidas en el sistema de Acreditación Profesional en Psicología del CNAP (Comisión Nacional de Acreditación Profesional), en este caso para Neuropsicología Clínica, garantizando el desarrollo de una práctica supervisada de alta calidad que impacte en la atención a la ciudadanía.
Además, se trata de un aspecto complementario al sistema de Acreditación Profesional Nacional puesto en marcha por la CNAP y en este caso de Psicólogo/a Experto/a en Neuropsicología Clínica, porque permite el acceso a práctica supervisada específica y requerida en esta acreditación.
Para poder usar el servicio de PRÁCTICA SUPERVISADA se deben cumplir una serie de requisitos y méritos, tanto en la figura de supervisor/a como en la figura del/la profesional que realiza la práctica supervisada.
REQUISITOS DE ACCESO AL PROGRAMA DE PRÁCTICA SUPERVISADA: NEUROPSICOLOGÍA CLÍNICA.
REQUISITOS PARA PROFESIONALES SUPERVISORES/AS: Para poder ser supervisor/a de práctica profesional supervisada del COPCV el/la profesional interesado/a deberá cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos profesionales y colegiales:
- Estar acreditado/a como Psicólogo/a Experto/a en Neuropsicología Clínica por la CNAP y en vigor.
- Estar colegiado/a en un Colegio Oficial de Psicología del estado español y estar al corriente de pago de la cuota colegial.
- No estar inhabilitado/a o suspendido/a para el ejercicio de la profesión.
- Tener la habilitación como Psicólogo /a Sanitario/a por una de las vías en vigor.
- Estar habilitado como Psicólogo/a Sanitario/a según lo establecido en el número 6 de la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública (añadido por la disposición final octava de la Ley 3/2014, de 27 de marzo), y cumpliendo los requisitos que se determinaron en el número 2 de la disposición adicional sexta de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
- Ser Psicólogo/a Especialista en Psicología Clínica.
- Ser Psicólogo/a Máster en Psicología General Sanitaria.
- Ser titular de un centro sanitario con la oferta asistencial de Psicología Clínica ó Psicología General Sanitaria. En el caso de no ser el/la titular del centro, se requerirá la documentación del centro y la autorización del/la Director/a del mismo.
- Debe de tener un seguro de responsabilidad civil contratado.
Presentación de la siguiente documentación a través de la sede electrónica del COPCV:
a. Solicitud cumplimentada y rubricada ANEXO 1.
b. Documentos acreditativos de los méritos que se alegan.
c. Declaración jurada del cumplimiento de las competencias exigidas para el puesto de supervisor/a de práctica COPCV. ANEXO 2.
d. En su momento, en todo caso tras el emparejamiento con la persona que va a realizar la práctica supervisada se firmará un documento de acuerdo de compromiso para la realización de la práctica profesional supervisada que establezca la relación entre la persona supervisora y la persona supervisada, donde interesen los puntos básicos del desarrollo de la práctica supervisada. ANEXO 3.
e. Firma de documento de protección de datos. ANEXO 4.
REQUISITOS PARA PROFESIONALES SUPERVISADOS/AS: Para poder realizar la práctica supervisada en el PROGRAMA DE PRÁCTICA SUPERVISADA, el/la aspirante debe de cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos profesionales y colegiales:
- Estar colegiado/a en un Colegio Oficial de Psicólogos del estado español y estar al corriente de pago de la cuota colegial.
- No estar inhabilitado/a o suspendido/a para el ejercicio de la profesión.
- Acreditar formación postgraduada específica en el área de la realización de la práctica supervisada en Neuropsicología Clínica. (500 horas teóricas) reconocidas y/o avaladas por la Universidad y/o el Colegio Oficial de Psicólogos, o bien Doctorado/a en el Área.
- Estar trabajando como autónomo/a o por cuenta ajena, en un centro sanitario con la oferta asistencial de Psicología Clínica o Psicología General Sanitaria. En el caso no ser el/la titular del centro, se requerirá la documentación del centro y la autorización del/la directora/a del mismo.
Presentación de la siguiente documentación a través de la sede electrónica del COPCV:
a. Solicitud cumplimentada y rubricada ANEXO 5.
b. Documentos acreditativos de los méritos que se alegan.
c. En su momento en todo caso tras el emparejamiento con la persona que va a realizar la práctica supervisada se firmará el documento de acuerdo de compromiso de la persona supervisada en el que se establezca la relación entre él/ella y la persona supervisora, donde interesen los puntos básicos del desarrollo de la supervisión. ANEXO 3.
d. Firma de documento de protección de datos. ANEXO 4.
e. Debe de tener un seguro de responsabilidad civil contratado.
Se podrá realizar la práctica supervisada con un máximo de 3 supervisores/as, hasta completar las 4.000 horas prácticas (asimilando 1 año equivalente a 1.000 horas).
CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA TRAMITACIÓN.
La documentación debe de ser entregada en Secretaría COPCV a través del registro de la Sede electrónica.
Una vez presentada la documentación por el/la aspirante a supervisor/a de práctica o a realizar práctica supervisada, el COPCV cotejará el cumplimiento de los requisitos profesionales, colegiales y administrativos que le afectan a cada figura, comprobando y valorando en su caso los documentos aportados.
Aquellos/as colegiados/as que no pertenezcan al COPCV se cobrarán gastos administrativos.
SELECCIÓN DE PROFESIONALES SUPERVISORES/AS PARA EL PROGRAMA DE PRÁCTICA SUPERVISADA.
- SOLICITUD: Podrán solicitar participar en el PROGRAMA DE PRÁCTICA SUPERVISADA todos/as aquellos/as profesionales de la psicología que cumplan los requisitos previos señalados, a través del Área personal del Colegiado.
El COPCV validará las solicitudes de Supervisores/as de práctica profesional en el servicio de Práctica Supervisada y todos los documentos aportados en cada solicitud.
Igualmente validará las solicitudes de realización de Práctica Supervisada en dicho Programa, tras comprobar el cumplimiento de requisitos.
El COPCV incorporará los datos de los/las solicitantes y supervisores/as a la plataforma creada para tal fin y serán los/las propios/as solicitantes quienes seleccionen al supervisor/a.
- PROCESO DE EMPAREJAMIENTO DE SUPERVISORES/AS Y SOLICITANTES DE PRÁCTICA SUPERVISADA. El/la solicitante de Programa de Práctica Supervisada solicitará a través de la plataforma del COPCV, hasta un máximo de 3 supervisores/as por orden de preferencia.
RECOMENDACIONES PARA LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN LA PRÁCTICA SUPERVISADA
Como en todas las áreas de la psicología, la supervisión implica mucho más que ofrecer información, consejos y escuchar las dudas del/la profesional en formación.
El objetivo planteado con el PROGRAMA DE PRÁCTICA SUPERVISADA se consigue prestando apoyo, facilitando el aprendizaje y la formación continua del/la profesional supervisor/a, hasta el grado de mejorar el repertorio de competencias profesionales del psicólogo/a supervisado/a y la efectividad con sus usuarios/as.
Según modelos implantados en otros países, este apoyo debe ofrecerse en tres grandes áreas:
- Apoyo clínico, un aspecto fundamental que consiste en ofrecer oportunidades para el desarrollo y crecimiento profesional.
- Apoyo para el desarrollo profesional consistente en dar la información necesaria para responder a los Qué, Quién, Cuándo, Dónde y Cómo de diversas áreas de la clínica.
- Apoyo emocional consistente en proporcionar ánimo y facilitar aspectos motivacionales.
Las actividades relacionadas a continuación son propuestas generales como referencias para su posible uso.
Actividades de apoyo clínico (núcleo de la supervisión):
1) Evaluación inicial de las competencias profesionales del/la psicólogo/a supervisado/a a través de una entrevista inicial y la valoración de informes clínicos que haya realizado.
2) Establecimiento de objetivos realistas para el periodo de supervisión.
3) Reuniones temáticas y asignación de tareas cuyo objetivo específico sea apoyar la mejora del repertorio de competencias profesionales para la realización de la evaluación neuropsicológica completa en la que el/la psicólogo/a supervisado/a llegue a utilizar con destreza las estrategias y pruebas de mayor validez y fiabilidad para la evaluación de las funciones cognitivas, el estado emocional y el comportamiento.
4) Supervisión centrada en el dominio de las habilidades sociales y terapéuticas para obtener información a través de la entrevista a usuarios/as (pacientes y familiares).
5) Interés especial en algunas actuaciones clínicas relevantes (ej. entrevistas a paciente con anosognosia, a familiares deprimidos/as)
6) Asignación de tareas para el desarrollo de competencias profesionales deficitarias detectadas por alguna de las dos partes implicadas en la supervisión.
7) Reuniones temáticas de asesoramiento y asignación de tareas cuyo objetivo específico sea facilitar la iniciativa, creatividad y autonomía del psicólogo/a supervisado/a.
8) Reuniones temáticas y asignación de tareas cuyo objetivo específico sea apoyar la mejora del repertorio de competencias profesionales para la intervención neuropsicológica integrada cognición-emoción-comportamiento, paciente-familia-comunidad.
9) Planificación conjunta de algunas actuaciones clínicas, si se considera oportuno.
10) Desarrollo conjunto de alguna actuación clínica, si se considera oportuno.
11) Discusión y reflexión sobre intervenciones clínicas determinadas.
12) Análisis de respuestas destacables de los/las usuarios/as ante algunas intervenciones realizadas.
13) Contactos breves (presenciales o no) para apoyo en situaciones profesionales puntuales que lo requieran.
14) Reuniones temáticas y asignación de tareas cuyo objetivo específico sea apoyar la mejora del repertorio de competencias profesionales para la investigación en neuropsicología.
Actividades de apoyo para el desarrollo profesional:
1) Proporcionar oportunidades para que el/la psicólogo/a supervisado/a desarrolle las habilidades que va a necesitar para continuar aprendiendo en su práctica clínica: apoyar en la participación en sociedades profesionales, facilitarles el networking, acudiendo juntos/as a alguna reunión, jornada, congreso con otros profesionales, encuentros con autoridades socio-sanitarias, etc.
2) Discusión sobre aspectos de ética profesional.
3) Apoyo mutuo para la preparación de proyectos clínicos, de investigación, etc.
4) Apoyo mutuo en presentaciones de resultados ante autoridades, prensa, congresos, etc.
5) Discusión y apoyo en salidas laborales, nuevas áreas de expansión de la neuropsicología, etc.
6) Apoyo en la adecuación del CV del/la psicólogo/a supervisado/a a un puesto de trabajo.
7) Informes de seguimiento periódico sobre el progreso del/la psicólogo/a supervisado/a y preparación para cumplir los criterios y afrontar una evaluación final, o en cualquier momento si existe una incidencia.
Actividades de apoyo emocional:
1) Compartir perspectivas sobre la organización y política del propio programa de supervisión.
2) Reforzar diferencialmente por el crecimiento del/la psicólogo/a supervisado/a en un área en particular.
3) Facilitar que el/la psicólogo/a supervisado/a se pueda sincerar con el/la supervisor/a en momentos duros de su formación/trabajo clínico.
4) Destinar tiempo al apoyo en necesidades que detecten alguna de las dos partes implicadas en la supervisión.
EVALUACIÓN DEL PROCESO DE PRÁCTICA SUPERVISADA.
A la finalización de la supervisión del programa, los/as supervisores/as realizarán una evaluación a los/las supervisados/as, para valorar el cumplimiento de los objetivos propuestos, aportando un informe resumen del proceso de supervisión y que deberá de ser entregado en la administración del COPCV para dar como concluido el periodo de la realización de la práctica supervisada.
FORMACIÓN PARA LOS SUPERVISORES/AS DE PRÁCTICA SUPERVISADA.
En general, la figura del/la profesional que supervisa un ejercicio de práctica profesional, necesita de habilidades diferentes a las requeridas para los/las profesionales de la psicología de cada área, por lo que el COPCV se reserva el derecho de incluir en su programa formativo, actividades formativas de apoyo a esta acreditación.
6 archivos adjuntos
Anexo 1 Práctica Supervisada.pdf [0,50 MB]
Anexo 2 Práctica Supervisada.pdf [0,39 MB]
Anexo 3 Práctica Supervisada.pdf [0,43 MB]
Anexo 4 Práctica Supervisada.pdf [0,51 MB]
Anexo 5 Práctica Supervisada.pdf [0,51 MB]
Programa de Práctica Supervisada.pdf [0,68 MB]